“El cambio es la ley de la vida. Y aquellos que solo miran al pasado o al presente se perderán el futuro.” – John F. Kennedy

La practica de la fisioterapia en Perú, actualmente está clasificada bajo la categoría de "tecnología médica" por la ley 28456 como un área entre varias disimiles como Laboratorio Clínico, Radiología, Terapia de Lenguaje, Terapia Ocupacional, optometría y Terapia Fisica y Rehabilitación , enfrenta una serie de incoherencias y contradicciones legales que limitan su desarrollo y reconocimiento adecuado. Es fundamental analizar estas inconsistencias y proponer una solución que permita a la fisioterapia avanzar como una profesión autónoma y esencial en el campo de la salud. El camino para lograr esto no pasa por convencer al Colegio de Tecnólogos Médicos o al Ministerio de Salud, sino por llevar la voz del pueblo al Congreso de la República, mediante una Ley que permita a todos los peruanos un mejor estado de salud.

¿Puede la Fisioterapia ser Tecnología Médica? Análisis de los Artículos 7 y 8 de la Ley 28456


La respuesta a esta pregunta no se encuentra en la página del Colegio Profesional, ni mucho menos en algún libro académico. Está en la Ley del Trabajo del Tecnólogo Médico, donde se indican en sus artículos 7 y 8 las definiciones de la profesión de tecnología médica. Lo primero que debemos tener en cuenta es que la ley y el colegio tienen como argumento principal que existe una profesión unificada de tecnólogo médico, es decir, que hay una sola profesión con 6 áreas. Esta estructura se asemeja a la educación, donde existe una carrera con especialidades en inicial, primaria, secundaria, etc. Sin embargo, en tecnología médica, los estudios son distintos, incluso en cursos básicos como anatomía y fisiología, y este argumento es insostenible, en el sentido no existe un vinculo comun entre estas seis especialidades que se hagan indistinguibles de cualquier otra profesion de la salud.

Reconocer que son carreras distintas podría romper la misma base constitucional de los colegios profesionales y los dictámenes del tribunal constitucional, los cuales establecen que los colegios regulan una sola profesión y no son asociaciones de múltiples profesiones. Si esto fuera así, debería haber un solo colegio profesional que agrupe a todas las profesiones de la salud. Integrar seis carreras en una sola genera un gran problema de definición, como se observa en la Ley 28456, donde los artículos 7 y 8 intentan unir lo que no se puede con una serie de recursos lingüísticos y argumentos a mi parecer erróneos.

El artículo 7 de la ley establece que el tecnólogo médico ejerce una ciencia llamada tecnología médica que tiene 6 áreas Aquí encontramos varias inconsistencias. Primero, define la "tecnología médica" como una ciencia, cuando en realidad la tecnología es la aplicación práctica de la ciencia, no una ciencia en sí misma. Además, utiliza los términos "ciencia" y "tecnología" de manera intercambiable, lo cual, a mi parecer, es incorrecto. Este artículo hasta donde alcanzan mis conocimientos crea por primera vez a nivel global y por ley una ciencia denominada "ciencia de la tecnología médica", sin justificar por qué deben ser estas seis áreas específicas y no otras, como podría ser la nutrición, obstetricia o farmacia.

El artículo 8 define que "La tecnología médica es una profesión universitaria de ciencias de la salud." Esta definición contradice la del artículo 7, ya que la tecnología médica es presentada como una profesión de ciencias de la salud y no como una ciencia propia. Además, describe la profesión como "disciplina científica, tecnológica y humanística", lo cual, en mi opinión, es confuso y erróneo al usar "disciplina científica" como adjetivo. La redacción es ambigua sobre si es una ciencia de la tecnología médica, una ciencia de la salud o una disciplina científica, tecnológica y humanística. También menciona "tiempos modernos", un término impreciso que generalmente se refiere a una época histórica que ya pasó para darle el espacio a la era contemporánea.

Entonces ¿Como puede mantenerse a la fisioterapia dentro de estas definiciones tan heterogeneas y contradictorias, Aunque increible, eso es algo que solo se sostiene porque estas definiciones aunque contradictorias e ilegítimas en el contexto mundial son legales y estan expresadas en una ley, y son repetidas hasta el cansancio como argumento que la fisioterapia es una tecnologia medica porque lo dice la Ley.


Ley 28456. Ley del Trabajo del Tecnólogo Médico

“El derecho debe estar siempre en adecuación con la vida social.” – Rudolf von Ihering
Reflexiónando sobre las Incoherencias


Incongruencia legal y académica

La clasificación de la fisioterapia como una "tecnología médica" carece, a mi parecer, de fundamentos académicos sólidos y precedentes históricos. La fisioterapia posee su propio campo epistemológico, con estándares de formación y definiciones aceptadas a nivel internacional. Agruparla bajo la etiqueta genérica de tecnología médica no refleja, según mi juicio, su verdadera naturaleza ni su impacto en la salud pública. Menos aún cuando fuera de los cargos, titulos y nominaciones no hay ningun marco conceptual que sostenga tal realidad, que tenemos una denominación que no correspponde con lo que hacemos, es tan ilogico como que mañana la fisioterapia sea un area de la nutricion o enfermeria.

Definiciones contradictorias y sintaxis inadecuada

La legislación actual presenta definiciones contradictorias y falta de precisión en la sintaxis. Hablar de una "ciencia de la tecnología médica" y luego definir la tecnología médica como una "profesión universitaria de ciencias de la salud" podría generar confusión. Además, el uso de "disciplina científica" como adjetivo es incorrecto y el término "tiempos modernos" es impreciso, ello puede visibilizar un gran problema en la praxis del desarrollo de legislacion, donde al parecer no se tuvo el cuidado en el desarrollo normativo y en el debate de los mismos, creando estos marcos antijuridicos al no basarse en el conocimiento pleno de la materia a abordar, por ejemplo el articulo 7 crea una nueva ciencia y hasta donde se sabe nunca fue consultada al respecto CONCYTEC y el articulo 8 es muy dificil de intrepretar, hecho factico que contradice todas las tecnicas de producción legislativa que indican que el legislador debe asegurar una lectura inequivoca del texto, cuuestión que no es posible.

propuesta para el cambio


Creación de un Colegio Profesional de Fisioterapia

Es imperativo, en mi opinión, reconocer la fisioterapia como una profesión autónoma y establecer un colegio profesional propio. Este cambio permitiría:

- Desarrollar políticas y regulaciones específicas que reflejen las necesidades y la naturaleza de la fisioterapia.

- Fortalecer el desarrollo académico y profesional de la fisioterapia, alineándose con los estándares internacionales.

- Proporcionar un reconocimiento adecuado y merecido a la fisioterapia como una disciplina con su propio campo de estudio y práctica.

Argumentos para el Cambio

Reconocimiento internacional

La fisioterapia es reconocida globalmente como una disciplina autónoma con un cuerpo de conocimiento propio y estándares definidos. La creación de un colegio profesional propio podría alinear a Perú con las prácticas internacionales, facilitando la movilidad académica y profesional de nuestros fisioterapeutas.

Beneficios para la Salud Pública

Un colegio profesional específico permitiría, a mi juicio, un enfoque más preciso y efectivo en la regulación y desarrollo de la fisioterapia, mejorando la calidad de atención a los pacientes. Un reconocimiento adecuado fomentaría el avance en investigaciones y prácticas innovadoras, beneficiando así a toda la sociedad.

Evidencia Académica y Profesional

Existen numerosos cursos, libros y publicaciones que respaldan la fisioterapia como una disciplina independiente. Profesionales y académicos en el campo de la fisioterapia apoyan esta separación, basados en la evidencia y la experiencia profesional. La falta de una base académica sólida para la "tecnología médica" como un todo, según mi opinión, resalta la necesidad de reevaluar esta agrupación

Llamado a la Acción

El camino hacia el reconocimiento adecuado de la fisioterapia no pasa, a mi juicio, por convencer a los directivos del Colegio de Tecnólogos Médicos o al Ministerio de Salud, quienes están limitados por el marco legal vigente y la fuerza de staus quo. El cambio debe ser político, impulsado por el pueblo y respaldado por argumentos sólidos y evidencia internacional. Hacemos un llamado al Congreso de la República para que considere esta propuesta y trabaje en la creación de un Colegio Profesional de Fisioterapia que refleje la verdadera naturaleza y el valor de esta profesión esencial en el campo de la salud.

Perú merece un colegio profesional de fisioterapia que represente adecuadamente a sus profesionales y que permita el desarrollo pleno de esta disciplina, contribuyendo de manera efectiva al bienestar y la salud de nuestra población.

......
Disclaimer: Las opiniones vertidas en este artículo son a título personal del autor y no reflejan necesariamente las opiniones o posiciones de su lugar de trabajo, asociación profesional, colegio o cualquier otra institución con la que pueda estar vinculado. Este artículo ha sido escrito con la intención de fomentar el debate y la reflexión sobre el tema tratado.